D. Antonio Zorrilla Delgado, con DNI 51833781S, como presidente de la Agrupación de Defensores de la Raza Canina Alano Español-UCAE, entidad reconocida oficialmente, para la llevanza del libro genealógico de la raza canina Alano Español, conforme a lo previsto en el Real Decreto 558/2001 de 25 de mayo, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura modificado por el Real Decreto 1557/2005, de 23 de diciembre.
EFECTUA LA SIGUIENTE QUEJA POR LOS SIGUIENTES MOTIVOS:
La Real Sociedad Canina de España viene realizando reconocimientos de raza e inscripciones en su libro genealógico denominado LOE, en base a que esta autorizado para tal menester, según la resolución del Director General de Ganadería del MAPA por la que se le otorga el reconocimiento oficial para la llevanza de libros genealógicos. Con fecha 06/09/2004, se me remite oficio firmado por la Directora General de Ganadería (del cual se adjunta fotocopia), en el que en contestación a mi queja manifiesta inequívocamente lo siguiente “Dicho criterio es también el que se manifiesto a la Subdirección general de Recursos y Asuntos Jurídicos de este Ministerio dentro del informe realizado con ocasión de recursos de alzada de diversas entidades contra resoluciones de esta Dirección general”.
Que el informe de la Dirección General de Ganadería, remitido a la Subdirección General de Recursos y Asuntos Jurídicos, facilitado el día 19 de febrero de 2004, mediante fotocopia compulsada por la Subdirectora General de Recursos y Asuntos Jurídicos en el cual se manifiesta con una claridad meridiana que: “Respecto de las razas autóctonas, ya se ha expuesto que el reconocimiento oficial de las asociaciones corresponde a las Comunidades Autónomas, de manera que el reconocimiento de las asociaciones por el MAPA lo es de las de razas puras, no de las españolas”. (Se adjunta fotocopia del informe de esa Dirección General de Ganadería).
Así mismo queda ratificado por la propia Real Sociedad Canina de España en escrito de fecha 6 de febrero de 2003 y con entrada en la Subdirección General de Alimentación Animal y Zootecnia el 12 de febrero de 2003 nº 164, en el que manifiesta abstenerse de presentar un reglamento especial de razas caninas españolas, de las que esta RSCE se ha ocupado preferentemente desde su fundación en 1911, en atención a lo que nos señala V.I., en el párrafo segundo de su mencionado escrito, por lo que ha sido anulado por el Comité de dirección de la R.S.C.E., que lo aprobó. (Se adjunto fotocopia del mismo)
Que siendo el motivo de mi queja el conocer el porque la Dirección General de Ganadería del MAPA permite tal irregularidad, en cumplimiento de lo establecido por ella misma, y por los Reales Decretos 558/2001 y 155/2005, no ha procedido a resolver mediante resolución, esta actividad cometida por la RSCE, en claro incumplimiento del reconocimiento oficial de que disfruta. En espera de recibir la contestación a esta queja en el plazo establecido de 20 días, para así proceder según corresponda.



información de la presidencia de la ANCGE y UCAE.
Tal como ha ratificado la Dirección General de Ganaderia del MAPA, la Real Sociedad Canina de España no tiene reconocimiento oficial ALGUNO, para la llevanza de libros genealógicos caninos (pedigri) de las razas puras caninas españolas, siendo todas las inscripciones, reconocimientos de raza y registros iniciales, en el registro genealógico denominado L.O.E. o R.R.C., sin ninguna oficialidad y por tanto el único valor, es el de unas inscripciones en un libro privado sin reconocimiento oficial.
Por ello la Asociación Nacional de Criadores de Galgo Español y la Agrupación de Defensores de la Raza Canina Alano Español - UCAE en defensa de sus intereses y de todos aquellos que puedan ser afectados, tal como la Asociación Nacional de Criadores del Perro Mastin Español, Club Nacional del Podeco Andaluz, y cualquiera que se sienta afectado tanto a nivel de Asociaciones, Club particulares, en la creencía de inscribir sus perros en un libro ofical, presentarán en breve una Denuncia ante la Dirección General de Agricultura y Ordenación Rural de la Comunidad de Madrid, solicitando la anulación de todas las inscripciones de perros de raza españolas, en los censos caninos oficiales, y así mismo se dará traslado los servicios juridios de estas entidades para presentar en los casos que procedan las oportunas acciones judiciales, dado que en muchos casos a los propietarios de perros de razas españolas, se les ha engañado con la validez OFICIAL de las inscripciones en la marca comercial denominada LOE y RRC, por lo que han solicitado la baja en los libros oficiales y se ha tenido el atrevimiento por parte de la Real Socidad Canina de España, de inscribir perros mediante un reconocimiento de raza y dejando al perro sin la genealógia oficial
Fdo. El presidente de ANCGE y ADRCAE-UCAE.
Contestación de la Dirección General de Ganaderia del MAPA.
El Área de Ganaderia de la Comunidad de Madrid, informa a D. José Ángel Betere Kopp, Doña Isabel Perucho Prieto y otros, del escrito que remite a la RSCE, en el que se la obliga ha dejar sin efecto la sanción impuesta a el Sr. Betere, Perucho y otros, en la que se les prohibia inscribir perros en el denominado LOE y a participar en exposiciones caninas celebradas por la RSCE, así como en todos los paises miembros de la FCI de Bruselas (si bien es necesario comunicar que diversos paises han hecho caso omiso de lo solicitado por la RSCE, y los ejemplares del Sr. Betere han participado en Exposiciones Caninas, bien con perros inscritos en el LOE, o bien en el LGC-CM (propiedad de la Comunidad de Madrid)y por el contrario otros han seguido las directrizes de la RSCE, y por ello se tendran que atener a lo que se les viene encima).
El Área de Ganaderia de la Comunidad de Madrid, como entidad que controla el cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 558/2001 de 25 de mayo, en particular en sus Articulos 4e y 7.2, de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de Asociación y de los derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución, ha resuelto acabar de una vez con la imposición de sanciones arbitrarias y de comunicar que en el caso de que no sea atendido el escrito remitido, se procedera a declarar extinguido el reconocimiento oficial de que disfruta la RSCE de fecha 21 de febrero de 2003.
Ello viene a poner en su sitio a los responsables de la entidad y que se habra la posibilidad de que pagen de su bolsillo, los daños que causan a la RSCE, y no con los fondos de la misma. Muy interesante, pues las reclamaciones que se vienen encima por partes de otros afectados por resoluciones muy parecidas y que prohiben a perpetuidad el poder pertenecer a la Real Sociedad Canina de España (en la mayoria de los casos para que no puedan destapar los chanchullos existentes, que bien conocen).
¡Y que algunos se permitan en el foro de Todo Perros de hablar de "honor"! como es el caso de quien escribe como: Ósea, que fuerte (Rosa), es vergonzante y demuestra el desconocimiento que se tiene de los asuntos en que se encuentra incursa la RSCE, por la actitud de sus dirigentes, y por no tener ni idea de que el libro genealógico que gestiona la Asociación para la Defensa, Fomento y Conservación de las Razas Caninas Puras en España (es propiedad de la Comunidad de Madrid, así como el de la Asociación Canina de Cantabria ( que lo es del Gobierno de Cantabria), y se permite el "lujo" de manifestar que "...mientras no sean igual de rigurosos en algunas cosas. No solo hay que ser limpio es que hay que parecerlo. Seguramente dentro de un tiempo las cosas se igualen y aclaren, pero los chanchullos a la vista sean lo que son no creo que sea bueno disgregar...".
Yo me imagino que Rosa, se debe referir a la entidad que su Presidente firmaba el LOE, del Estado en blanco (por cierto que alguno obra en mi poder) ¿ se refiere a eso Rosa?, en relación con el afan de recaudación (produce risa por no decir que es indignante) ¡y por que todos estos desinformados! ¿nos meten en un saco al que no pertenecemos?.
Y por ultimo como Presidente de ambas entidades, puedo asegurar que todos estos desinformados y manipuladores, tendran la debida respuesta ¡y que porque no se me permita defender a ambas entidades en el Foro que utilizán para decalificarnos e informar equivocadamente!, se van a ir de rositas.
Otra cosa es que no esten con nosotros, que defiendan dentro de unos principios de honestidad su opción, legitima, de defender a la institución que ellos quieran y prefieran, y siempre serán respetados y estaremos abiertos al dialogo, con instituciones y colaboraremos, sin ningun problema, pues en el caso concreto de la Comunidad de Madrid obliga a efectos de unificar los libros genealógicos de las razas y validaicón del trabajo realizado por los gestores de los libros genealógicos, a esto.
Queja ante el Director General de Ganaderia.
Dicha queja ha sido presentada con fecha 6/09/2007, en la Unidad de Quejas y Sugerencias del MAPA, siendo el plazo maximo de contestación de 20 diás habiles (Art. 16.1 del RD 951/2005, en caso de incumplimiento, nos dirigiremos a la Inspección General de Servicios del Departamento. Una vez recibida la contestación se procedera según corresponda, incluso acudiendo a los Tribunales "por un presunto Delito"
El presidente de la Agrupación.
Queja ante el Director general de Ganaderia.
la Dirección General de Ganaderia del MAPA, se vuelve a ratificar en sus escritos y nos sigue remitiendo al informe enviado por esta a la Subdirección General de Recursos y Asuntos Juridicos del MAPA. No obstante nos remite a la Comunidad de Madrid, por ser la competente en todos los asuntos relacionados con la RSCE. El día 22 de noviembre de 2007, nos personamos en la Subdirección General de Recursos y Asuntos Jurídicos del MAPA, a efectos de cotejar y dar conformidad a la copia del informe que ya fue complulsado y conforme el 5 de febrero de 2004, lo cual se realiza en el mismo día por la Consejera Técnica de ese departamento. Y logicamente el mismo día 23 de Noviembre de 2007, se inician las acciones oportunas.