Inicio de Acciones para anulación del Artículo 6º del nuevo Reglamento de Certámenes de Morfologia Canina de la RSCE
28/11/2007 - 00:21

En defensa de todos los aficionados que tienen sus inscripciones genealógicas (pedigri) en nuestros libros oficiales, les comunicamos que se han iniciado las acciones que corresponden para la anulación del Articulo 6 del nuevo Reglamento de Certámeners de Morfologia Canina de la RSCE, PUBLICADO EN SU REVISTA Nº 20 DE LA SEGUNDA EPOCA.

Dicho Artículo es contrario a lo requerido por el MAPA, con fecha 20 de enero de 2003, previo a su reconocimiento oficial. Así mismo, contraviene la Directiva del Consejo de 25 de Marzo de 1991 (91/174/CEE), POR LA QUE LOS ESTADOS MIEMBROS VELARÁN PORQUE LA COMERCIALIZACIÓN DE ANIMALES DE RAZA NO SE OBSTACULIZEN POR RAZONES GENEALÓGICAS.

Se ira informado, según se resuelva.

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Solicitada la nulidad del articulo 6 del Reglamento de la RSCE.

Se esta a la espera del pronunciamiento de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid, como administración competente, sobre la nulidad de este Articulo y por tanto de dicho Reglamento.
Nuestros criadores, simpatizantes y todo el que inscribe su perro, merecen que realicemos todo el esfuerzo necesario, para que sus derechos sean defendidos.

Acciones en Defensa de la Legalidad.

La Real Sociedad Canina de España, discrimina a todo el que inscribe un perro en un libro genealogico oficial, según pública en su Reglamento de Certámenes de Morfologia Canina (Exposiciones y Concursos de Belleza), Articulo 6º Limitaciones y Exclusiones, en el que entre otros dice:

"Quienes presenten perros inscritos inicialmente en libros genealógios caninos reconocidos oficialmente en España, de acuerdo con lo establecido en el R.D.558/2001 de 25 de mayo, que sean residentes en España, deberán acompañar a la inscripción una fotocopia del pedigré original, identificación (tatuaje o miccrochip) y el documento acreditatvo de que ha sido dado de baja en el libro genealógico inicial, e inscrito a su nombre en el L.O.E. o R.R.C.".

Por ello nada mejor que sea la Administracón competente sobre el reconocimiento oficial para las razas puras integradas en España, de que disfruta la RSCE, la que resuelve esta discriminación que realiza la RSCE, claramente con FINES RECAUDATORIOS.

Parece ser que no aprenden, ¿esperamos que este caso, sea otro como el de no permitir a unos ciudadanos inscribir sus perros en el L.O.E. y no permitir a otros el afiliarse y presentar perros a las exposiciones caninas (que realiza no se olvide obligatoriamente, pues en caso contrario podria ser anulado su reconocimiento oficial).

Las noticias que se avecinan en este sentido, son muy preocupantes para los gestores de la RSCE, y que en breve verán la luz públicamente (pues logicamente, son los responsables, dado que dichas decisiones las toma el Comité Directivo, por lo que los socios deberián estar al tanto de quien paga todos estos desaguisados).

La Asociación para la Defensa, Fomento y Conservación de las Razas Caninas Puras en España y la Asociación Canina de Cantabria, como entidades que gestionan libros genealogicos de la Administración, no permitiran que se realicen acciones discriminatorias por el solo objeto de incribir sus perros en un libro geenalógico propiedad de las administraciones públicas de Cantabria y Madrid, ¡hasta ahí podiamos llegar!.